ANEXO I – Acuerdo de Suscripción de Tokens

Este Acuerdo tiene lugar en Madrid a fecha [día y mes de 2020 de su inversion]

ENTRE:

  1. Saurus Inversiones S.L., con NIF B93750032, una sociedad limitada constituida en España (en adelante “El Emisor”); y
  2. [nombre y dirección*] (el “Inversor”).

El Emisor y el inversor serán conjuntamente referidos como las “Partes” o, en su caso, como la “Parte” cuando el contexto de la situación lo requiera.

PREÁMBULO

  1. El Emisor  es una empresa dedicada a la obtención de fondos para financiar la compra de acciones de “Saurus” (Rewire Holding LTD) y desarrollar su negocio, adquiriendo un porcentaje de acciones de dicha compañía e inyectándole capital suficiente para poder proceder a lanzamiento al mercado de su primer producto.

Puede encontrarse más información sobre el Emisor en el siguiente enlace https://sauruscrowd.com . La información contenida en el anterior enlace tiene una naturaleza meramente descriptiva y no forma parte del presente acuerdo.

  • El Emisor tiene intención de llevar a cabo una suscripción de valores, consistentes en préstamos participativos representados en unidades criptográficas denominadas Tokens (en adelante, “Tokens”), basadas en la tecnología blockchain, con la intención de recaudar el capital necesario para desarrollar y comercializar sus productos y servicios, así como financiar otra serie de costes operativos.
  • A cambio de la aportación de los inversores durante el período de emisión, éstos recibirán Tokens emitidos a través de un Smart Contract basado en una tecnología blockchain denominada Ethereum.
  • El Inversor está interesado en participar en la referida emisión a cambio de recibir los referidos Tokens de acuerdo con los términos de este acuerdo y del Documento de Oferta.

LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE, (en adelante el “Acuerdo” o el “Compromiso de Inversión”):

  1. Aceptación de los términos del presente Acuerdo y del Documento de Oferta

La participación en la Emisión queda sujeta a los términos del presente acuerdo y del Documento de Oferta.

En caso de existir discrepancias entre ambos documentos, prevalecerán los puntos establecidos en el presente acuerdo.

  • Funcionamiento de la Emisión y de la contribución

El Emisor pondrá a disposición del Inversor un Smart Contract basado en la blockchain de Ethereum con la intención de generar y entregarle los Tokens criptográficos como contrapartida de su contribución.

  • Precio

El precio atribuido a cada Token durante el período de emisión será de 0,972 Euro (en adelante “Precio de emisión”). 

La divisa de referencia para el cálculo de la contribución será siempre el Euro, de acuerdo con el tipo de cambio establecido en la web https://coinmarketcap.com) a las 12:00 UTC en la fecha del último día del Periodo de Suscripción (la “Conversión”). El Emisor no se hace responsable por cualquier pérdida que el Inversor pueda sufrir como resultado de dicha conversión.

  • Pago

El Inversor acuerda llevar a cabo su contribución en la emisión en las divisas de curso legal, como Euros (€) o Dólares ($), o divisas digitales como Ether (ETH) o Bitcoin (BTC). El Inversor acuerda transferir su contribución a la dirección de Ethereum o Bitcoin o a la cuenta corriente establecida por El Emisor. Los detalles de dicha transferencia serán provistos por El Emisor en los dos días hábiles siguientes a la firma del presente Acuerdo.

La cantidad aportada por el Inversor a modo de contribución se considera no reembolsable, salvo en el caso de no alcanzarse el Softcap.

  • Recepción de Tokens

De cara a recibir los Tokens, el Inversor ha de disponer de una dirección de Ethereum que sea compatible con Tokens ERC-20 (en otras palabras, la Cartera Digital del Inversor ha de tener una infraestructura técnica que sea compatible para la recepción, almacenamiento y transferencia de los Tokens en cuestión, estando estos basados en el estándar ERC-20). El Emisor se reserva el derecho a modificar en cualquier momento los requerimientos relativos a las carteras digitales para almacenar dichos Tokens en cualquier momento y de forma unilateral.

  • Riesgos

El Inversor entiende y asume todos los riesgos especificados en el Documento de Oferta de cara a formalizar el presente acuerdo.

  • Responsabilidades e Indemnizaciones

El Inversor indemnizará a El Emisor, sus empleados, directores, contratistas, consultores, socios, proveedores, compañías matrices, subsidiarios y hermanas, agentes y representantes (en adelante “agentes vinculados a El Emisor”) de y contra todos y cualquier tipo de demandas, acciones legales, daños, pérdidas, costes y/o gastos (incluidos los honorarios profesionales y legales razonables) que pudieren surgir en relación con:

  1. La adquisición o el uso por parte del Inversor de los Tokens en virtud del presente acuerdo;
    1. El incumplimiento de las responsabilidades u obligaciones del Inversor en virtud del presente Acuerdo;
    1. El desempeño o incumplimiento de las responsabilidades u obligaciones del Inversor en virtud del presente acuerdo;
    1. El incumplimiento por parte del Inversor de cualquier derecho (incluidos, entre otros, los derechos de propiedad intelectual) de cualquier otra persona o entidad.

Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, la responsabilidad total máxima del Emisor con el Inversor en virtud o en relación con este Acuerdo no deberá exceder el monto de la contribución.

  •  Información Confidencial / Divulgación

El contenido de este Compromiso de Inversión, se considerará información confidencial (en adelante, “Información Confidencial”). La Información Confidencial de una Parte no incluirá información que:

  1. Llegue a considerarse de dominio público;
    1. Esté en posesión legítima de la otra Parte antes de la divulgación y no haya sido obtenida por la otra Parte ni directa ni indirectamente de la Parte reveladora;
    1. Es divulgada a la otra parte por un tercero sin restricción de divulgación;
    1. Se desarrolle de forma independiente por la otra Parte;
    1. Deba ser divulgada por cualquier requerimiento u orden judicial o gubernamental (debiendo el destinatario avisar de forma oportuna a la parte reveladora de dicho requerimiento).

Las partes acuerdan mantener la confidencialidad con respecto al contenido de en este Acuerdo durante un período de 2 años desde la firma del presente. Las Partes acuerdan que no utilizarán la Información Confidencial con algún propósito distinto de la aplicación del presente Acuerdo. Cada parte acuerda tomar todas las medidas razonables para garantizar que la Información Confidencial no sea divulgada o distribuida por sus empleados o agentes que incumplan este Acuerdo.

Sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte, ninguna de las partes podrá hacer anuncios públicos o emitir comunicado de prensa o publicidad alguna relacionada con el presente Acuerdo. Ninguna de las partes utilizará las marcas comerciales, nombres comerciales, logotipos u otros derechos de propiedad intelectual de la otra parte sin haber obtenido su consentimiento previo por escrito.

  • Miscelánea

Este Acuerdo, incluyendo el Documento de Oferta constituye el acuerdo completo entre las partes en relación con su objeto y ha de leerse e interpretarse como un solo documento. Además, reemplaza y extingue todos los acuerdos, proyectos de acuerdos, garantías, declaraciones y compromisos anteriores de cualquier naturaleza realizados por, o en nombre de las Partes, ya sea de forma verbal o escrita en relación con este objeto.

Cada Parte reconoce que al celebrar este Acuerdo, no se ha basado en declaraciones orales o escritas, garantías, representaciones de garantía o compromisos realizados por o en nombre de la otra Parte en relación con el objeto de este Acuerdo en ningún momento previo a su firma (en adelante «declaraciones precontractuales«) que no sean las establecidas en este Acuerdo o el Documento de Oferta. Cada Parte por la presente renuncia a todos los derechos y recursos que de otro modo pudieren interponerse en relación con dichas declaraciones precontractuales.

Si algún tribunal o autoridad pública determinase que cualquier disposición de este Acuerdo o el Documento de Oferta resultará inválida o inaplicable, cualquier invalidez o inaplicabilidad afectará sólo a dicha disposición y no invalidará ninguna otra disposición de este Acuerdo o el Documento de Oferta. Si alguna disposición resultase inválida o inaplicable de acuerdo con lo anterior, dicha disposición se modificará o limitará únicamente en la medida en que resulte necesaria para que esta disposición resulta válida y aplicable.

Nada de lo contenido en este Acuerdo ni en el Documento de Oferta considerará a alguna de las partes como socios, joint venture o empleado de la otra parte para cualquier propósito.

El presente Acuerdo, el Documento de Oferta y cualquier disputa o queja que surja de o en relación con ellos, con su objeto o formación (incluidas disputas o reclamaciones no contractuales) se regirán e interpretarán de conformidad con la Ley española.

Las partes acuerdan irrevocablemente que los tribunales españoles tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamación que surja de o en conexión con este Acuerdo o el Documento de Oferta, su objeto o formación (incluidas las disputas y reclamaciones no contractuales). 

  1. Detalles de la suscripción de Tokens
    1. Importe de la suscripción de Tokens por parte del inversor: _______________
    1. Divisa del compromiso de inversión:
      1. Euro
      1. Dólar
      1. Ether
      1. Bitcoin
      1. Otro ________
  • Dirección de la cartera digital de Ethereum en la que recibir los Tokens:

_____________________________________________________________

  • Dirección de la cartera digital con la que se va a pagar la compra de Tokens (si se va a llevar a cabo en criptomonedas):Bitcoin:

________________________________________________________

  • Ether:   ________________________________________________________
    • Otro: __________________________________________________________
  • Datos bancarios del EmisorDestinatarioIBAN[*]

EN TESTIMONIO DE LO CUAL, las Partes han ejecutado el presente Acuerdo en la fecha que figura en la primera escritura arriba.

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